- ¿Qué es el documento de transporte (carta de porte)?
- ¿Quién emite el documento de transporte (carta de porte) de mercancías peligrosas?
- ¿Qué datos debe contener el documento de transporte (carta de porte)?
- ¿Cuándo es necesario indicar el código de restricción en túneles?
- Ejemplo de documento de transporte (carta de porte) ADR
- Orden FOM/2861/2012
En este tema hablaremos sobre el documento de transporte, uno de los documentos más importantes que no puede faltar a bordo del vehículo al transportar mercancías peligrosas, es de gran importancia para la seguridad y su falta puede llevar a sanciones.
¿Qué es el documento de transporte (carta de porte)?
Se trata de un documento obligatorio que acompaña a las mercancías peligrosas e incluye la denominación de los productos, el número y descripción de los envases o embalajes, el tipo, la cantidad y otros detalles.
Con la nueva actualización de 2025, este documento ahora se denomina documento de transporte (antes carta de porte).
Generalmente, toda operación de transporte de mercancías sujetas al ADR (Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera), salvo excepciones, exige que el expedidor elabore este documento y lo entregue al transportista, aunque el cargador también puede encargarse de ello si cuenta con la autorización adecuada.
Este tema lo abordamos de forma clara y práctica en nuestro Curso Consejero de Seguridad, donde explicamos todas las actualizaciones y detalles relevantes para que domines la gestión documental en el transporte de mercancías peligrosas.
¿Quién emite el documento de transporte (carta de porte) de mercancías peligrosas?
El documetno de transporte debe ser elaborado por el expedidor y entregado al transportista, aunque también puede ser confeccionada por el cargador mediante delegación del expedidor.
¿Qué datos debe contener el documento de transporte (carta de porte)?
Aunque no hay un modelo oficial, el documento que acompaña a las mercancías peligrosas durante su transporte debe incluir los siguientes detalles:
- Siglas UN y número de identificación de la materia (col.1 Tabla A).
- Designación oficial de transporte (de la mercancía) (col.2 Tabla A).
Para materiales de la clase 1, la división y la letra de compatibilidad (col.3b Tabla A).
Para materiales radiactivos de la clase 7, el número de la clase “7” (col.3a Tabla A).
Para el resto, el número de etiquetas (col.5 Tabla A), y si se necesitan más de una (peligro subsidiario), su número entre paréntesis. - En caso necesario, el grupo de embalaje (col.4 Tabla A) que puede ir precedido de las letras “GE” (por ejemplo, “GE II”).
- Número y descripción de los bultos.
Los códigos de los envases o embalajes de la ONU solo pueden usarse para completar la descripción de la naturaleza del bulto (por ejemplo, una caja (4G)). Si el transporte es en cisterna, el cargador o llenador debe indicar el Grado de Llenado Máximo en la Carta de Porte, según el artículo 43 del Real Decreto 97/2014. Se notificará el grado de llenado máximo de cada materia a cada depósito (incluido si fuera una cisterna compartida) de conformidad con el ADR. Si se carga la misma mercancía peligrosa en todos los compartimentos de la cisterna, no será necesario especificar el grado de llenado de cada uno de los compartimentos, sino que será suficiente indicarlo una sola vez (expresado en %). El grado de llenado se indicará en %. Solo en caso de que la unidad utilizada para indicar la cantidad cargada en la carta de porte sea en kg, se podrá indicar también el grado de llenado en kg. La indicación del grado de llenado en la carta de porte no se aplica al transporte de gases de la clase 2. - Cantidad total de cada mercancía peligrosa con su número ONU.
- Si se prevé la aplicación del 1.1.3.6, se debe indicar la cantidad total y el valor calculado de mercancías peligrosas de cada categoría de transporte en la carta de porte.
- Nombre y dirección del o de los expedidores.
- Nombre y dirección del o de los destinatarios. Con el acuerdo de las autoridades competentes de los países implicados en el transporte, cuando se transporten mercancías peligrosas para distribuirlas a destinatarios múltiples que no pueden ser identificados al comienzo del transporte, las palabras “Venta en Ruta” podrán ser indicadas en su lugar.
- Declaración conforme a las disposiciones de cualquier acuerdo particular (poco frecuente).
¿Cuándo es necesario indicar el código de restricción en túneles?
En los casos en los que se requiera, se debe incluir el código de restricción en túneles (col.15 Tabla A) en mayúsculas dentro de paréntesis. No es necesario agregar el código de restricción en túneles a la carta de porte si se sabe de antemano que el transporte no pasará por un túnel con restricciones para el transporte de mercancías peligrosas. Pero se aconseja ponerlo siempre, puesto que puede suceder un imprevisto o algún desvío y tener que atravesar un túnel.
Se puede elegir libremente la ubicación y el orden en que aparecerán los datos en el documento de tansporte. Sin embargo, los datos a), b), c), d) y k) deben aparecer en el orden enumerado anteriormente (es decir, a), b), c), d), k)) sin elementos de información intercalados, excepto los previstos en el ADR.
Ejemplo de documento de transporte (carta de porte) ADR
Identificación de la materia (gasoil)
En este ejemplo podemos ver algunos de los datos obligatorios de la carta de porte.
| Nº ONU | Nombre y descripción | Etiquetas | Grupo de embalaje | Categoria de transporte (Código de restricción en túneles) |
| 3.1.2 | 5.2.2 | 2.1.1.3 | 1.1.3.6 8.6 | |
| (1) | (2) | (5) | (4) | (15) |
| 1202 | GASÓLEO | 3 | III | (2) (D/E) |
UN 1202, GASÓLEO, 3, III, (D/E)
Si os fijáis bien siguiendo la columna 1, 2, 5, 4, y 15 (código de túnel) logramos confeccionar la línea que identifica la materia peligrosa.
Identificación de la materia (cartuchos para armas)
| Nº ONU | Nombre y descripción | Código de clasificación | Grupo de embalaje | Categoria de transporte (Código de restricción en túneles) |
| 3.1.2 | 2.2 | 2.1.1.3 | 1.1.3.6 8.6 | |
| (1) | (2) | (3b) | (4) | (15) |
| 0005 | CARTUCHOS PARA ARMAS | 1.1F | 1 (B1000C) |
UN 0005, CARTUCHOS PARA ARMAS, 1.1.F, (B1000C)
En este caso la arquitectura de la línea que identifica la materia cambia, podéis ver en este caso que los explosivos no tienen grupo de embalaje, y la línea depende de las columnas 1, 2, 3b y 15 (código de túnel).
En este caso en lugar de GE y la etiqueta debemos indicar el código de clasificación.
Orden FOM/2861/2012
Este normativa establece los datos obligatorios que deben incluirse en el documento de transporte para el transporte público de mercancías por carretera.
Además de los datos que exige la sección 5.4.1 del ADR, es necesario completarla con los datos que se indican en el artículo 6 de dicha orden:
- Nombre o denominación social, NIF y domicilio del cargador contractual.
- Nombre o denominación social y NIF del transportista efectivo.
- Lugar de origen y destino del envío objeto del transporte.
- Naturaleza y peso de la mercancía transportada. Si no se puede determinar el peso exacto, se buscará otra magnitud.
- Fecha de realización del transporte del envío.
- Matrícula del vehículo utilizado en el transporte. Si se trata de un conjunto articulado, se indicará la matrícula del vehículo tractor y la del semirremolque o remolque arrastrado.
Si durante el transporte se produce un cambio de vehículo, la empresa de transportes debe incluir esta circunstancia en la documentación de control.

Consultor en Transporte de Mercancías Peligrosas (ADR/RID/IMDG/IATA) y formador de formadores visado por la DGT con nº de colegiado 04196, con más de 15 años asesorando y formando a empresas de los sectores químico, petrolífero, farmacéutico o logístico. Consejero de Seguridad en activo y coordinador de formación en proyectos internacionales relacionados con la seguridad en el transporte de mercancías peligrosas.

